Según el artículo 173.1 del código civil, la familia acogedora debe velar por el menor, alimentarlo, tenerlo en su compañía, educarlo y procurarle una formación integral.
A parte de estas obligaciones, las familias acogedoras afirman recibir grandes recompensas, como pueden ser las siguientes: Los hijos de la familia acogedora aprenden a valorar lo que tienen, a compartir y a convivir con diferentes culturas y demás.
http://www.divorciosyseparaciones.com.es/menores/proteccion.shtml
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