sábado, 27 de noviembre de 2010

Efectos de la institucionalización

Nos referimos a las organizaciones que son como pequeños hogares, con profesionales especializados en niños que por diversas circunstancias han de residir un tiempo más o menos largo fuera de su ambiente familiar original.
Los riesgos más frecuentes que pueden tener los menores que estén institucionalizados son los siguientes:
Despersonalización.
Compartir la atención de un adulto con muchos niños, impidiendo relaciones intensas y prolongadas.
Escasas figuras de apoyo emocional real que le ayuden a elaborar la pérdida en el proceso de duelo.
Excesivos cambios en las figuras adultas que les cuidan (cambios de personal, turnos, etc.).
Agresiones y presiones por grupos de iguales dentro del centro.
Adquisición de habilidades funcionales para vivir en el centro, pero inútiles para cuando salen de él o cuando vuelven con sus familias.
El que la familia se desentienda totalmente de él.
Permanencias muy prolongadas.
Escasa intimidad. 

Los efectos producidos por la institucionalización son :                  
-Efectos sobre el desarrollo
-Efectos psicopatológicos.

Características halladas en niños/as y adolescentes institucionalizados: 
-Características físicas.
-Características del lenguaje.
-Características intelectuales.
-Características socio-afectivas.
-Características escolares.

Hogar abierto e instituciones

Es una Asociación para el acogimiento familiar en Andalucía, nace en Málaga el 15 de Marzo de 1997.      
                                                    
 Los socios fundadores eran conscientes de que el acogimiento familiar temporal, acogimiento simple, a partir de la ley del menor de 15 de enero de 1996, era una medida escasamente practicada, pero con efectos muy positivos en numerosas situaciones de desprotección de menores. 
El 21 de enero de 1998 se abrió Hogar Abierto, como institución colaboradora de integración.                                                              
ICIF (instituciones colaboradoras de integración familiar) poseen facultad para habilitar, a asociaciones o fundaciones, no lucrativas, en cuyos estatutos o reglas figure como fin la protección de menores. 

 






Tipología

1. Acogimiento familiar administrativo:
 La ley confiere la tutela de los menores que se encuentren en situación de desamparo a la entidad pública, la cual sólo asumirá la guarda durante el tiempo necesario.

La formalización del acogimiento familiar administrativo será por escrito y deben constar de: el régimen de visitas de los padres, la duración de la acogida, los derechos y obligaciones tanto de los padres biológicos del menor como de la familia acogedora.
Hay varias vías por las que se puede producir el cese de un acogimiento:
-A petición de las personas que tienen acogido al menor.
-A petición de los padres que tengan la patria potestad o el tutor que reclame su compañía.
-Por decisión judicial.

2.  Acogimiento familiar judicial:
En este caso, el acogimiento se produce mediante la resolución de un juez.

Se necesita el consentimiento de: la entidad pública, los acogedores, el menor que va a ser acogido, si tuviera 12 años cumplidos.
El padre y la madre tiene derecho a relacionarse con sus hijos menores, excepto con los adoptantes. 


Los efectos del acogimiento familiar

Según el artículo 173.1 del código civil, la familia acogedora debe velar por el menor, alimentarlo, tenerlo en su compañía, educarlo y procurarle una formación integral.
A parte de estas obligaciones, las familias acogedoras afirman recibir grandes recompensas, como pueden ser las siguientes: Los hijos de la familia acogedora aprenden a valorar lo que tienen, a compartir y a convivir con diferentes culturas y demás.

http://www.divorciosyseparaciones.com.es/menores/proteccion.shtml

Relaciones que deben mantener las familias acogedoras

La familia debe trabajar conjuntamente con la asociación del acogimiento familiar y con la administración. Ésta última se compromete a realizar un seguimiento de todos los casos de acogida mediante los servicios sociales del municipio o de la administración central, o a través de convenios establecidos con las asociaciones de acogimiento familiar.
Las asociaciones siempre deben estar disponibles para cualquier duda o pregunta. Además, éstas se encargan del seguimiento desde el principio hasta el final de los acogimientos realizados a través de ellas, tramitan todos los permisos necesarios, y además forman a las familias acogedoras para que éstos estén preparados ante cualquier situación.



 




La relación con la familia biológica

Obviamente, para poder establecer una buena relación con la familia biológica, es conveniente que las dos familias, es decir, la biológica y la acogedora, trabajen en cooperación. Sin embargo, esta colaboración no suele ser lo más habitual, debido a las diferentes causas que provocan el acogimiento.

La despedida

Después de haber conseguido unos lazos emocionales entre el menor y su familia acogedora, la despedida siempre es difícil, para ambas partes. Sin embargo, la familia acogedora debe tener esto muy presente, es decir, desde el principio ser consciente de que el acogimiento es temporal y que ese momento llegará. No obstante, la familia acogedora debe tener claro que el tiempo compartido con el menor contribuye para un mejor futuro de éste, ya que la familia acogedora suele convertirse en un apoyo y un punto de referencia, y de ésto uno puede estar muy orgulloso. Además, la despedida debe ser de forma paulatina y es conveniente que los lazos de amistad establecidos tengan una continuidad.




jueves, 25 de noviembre de 2010

Problemas de Convivencia entre el Niño y la Familia Biológica



1. Los problemas del niño: 
El niño que necesita ser acogido, normalmente no ha tenido una vida fácil, por ello hay que ser realistas, conscientes y sensibles a sus problemas, e incluso anticiparse a ellos cuando sea posible.
A continuación planteamos algunos de los problemas que presentan los niños durante un acogimiento:
      a) El niño se siente avergonzado de su familia de origen.
      b)  Dificultad en aceptar las normas familiares.
      c)   Puede tratarse de un niño agresivo.
      d)  Inhibido y desesperanzado
      e)   Problemas escolares.

     2.  Los problemas en la familia acogedora:
     Las dificultades pueden aflorar en los propios miembros de la familia acogedora: en la propia pareja o en sus hijos. También en estos casos se deben compartir los problemas (la experiencia de otras familias acogedoras puede ser útil)
     a)   Los problemas en la pareja:
     --    Frustración
     --   Ansiedad
     --    Sentimiento de culpa
     El primer antídoto es reconocer las dificultades: los sentimientos negativos expresados, junto con otros muchos han sido experimentados en mayor o menor medida por todas las familias acogedoras.
     El segundo antídoto es la comunicación: El mejor apoyo es la experiencia compartida con las familias que ya han pasado por ello. Hablar de las dificultades con las que se encuentran con otras familias acogedoras, comentar las dudas que surjan con los miembros de la asociación.
     b)  Los problemas en los hijos.
     A veces los hijos de las familias acogedoras pierden los hábitos: comprueban que el niño acogido consigue la atención de sus padres con desorden o rebeldía y pueden tratar de imitarle.
     Cuando peor lo pasan los hijos es cuando piensan que pierden el cariño de sus padres. Los celos pueden ser un problema difícil de resolver, sobre todo si ellos no conocían o no compartían la nueva situación familiar de acogida.
    Pero aunque los hijos de la familia acogedora lo hubiesen aceptado, pueden embestirles la duda, por ello se debe estar a su lado y hacerles sentir importantes, demostrándoles que se conocen y comprenden sus miedos y sentimientos, haciéndoles ver que se valoran sus esfuerzos y renuncias.






Integración del Niño en la Familia Acogedora

La integración del menor en la familia acogedora tiene sus cimientos en el afecto y la aceptación del menor por parte de ésta, y así se le debe demostrar al niño desde el primer día del acogimiento.

Existen algunas recomendaciones generales que pueden serles de gran ayuda:

     a)  ¿Quién es la familia acogedora en su vida?
     Los integrantes de la familia acogedora deben ser lo más claros posibles en la definición de rol de padres educadores, intentando no crear ningún tipo de interferencias en la familia biológica.

     b)  Darle a conocer el espacio familiar y sus objetivos.
     Si los integrantes de la familia acogedora son claros y pacientes, descubrirán pronto los progresos que tiene el menor, además al poder desenvolverse bien en el espacio le ayudarán a sentirse más seguro de sí mismo en su nuevo ambiente.

     c)  Las normas claras y progresivas.
     Los inicios del acogimiento pueden ser difíciles y complicados, por lo que conviene ser claros y pacientes, es decir, las familias deben seleccionar las normas que resultan más importantes y explicarlas con la mayor claridad posible, dando razones que justifiquen si existencia.

d) Insistir en los éxitos.
Los niños que son acogidos no suelen tener muchas experiencias de éxito, más bien están aclimatados al fracaso. Por eso, la integración del niño en la familia acogedora, no tiene que ser vivida por él mismo como una experiencia más de fracaso, si no todo lo contrario. Para ello es favorable que:

     -La familia no escatime tiempo en demostrar al niño sus         cualidades.
     -Se le debe demostrar que se confía en él, en su progreso, haciéndole ver que se está orgulloso de su actuación y de él.
     -También se le debe ayudar a cumplir mejor las normas: dándole pistas, sugerencias…
     -Elogiar cualquier progreso que tenga el niño, por pequeño que sea, favorece sus ganas de cumplir con las normas.












El primer acercamiento

Los primeros momentos de contacto entre la familia acogedora y el niño deben estar dirigidos a los siguientes objetivos:

 -Conocerle mejor: es importante que en los primeros momentos de contacto con el niño, la familia acogedora se dedique a observarles, con el propósito de conocerle. Es fundamental escucharles, y lo fundamental es aceptarle tal como es.
 -No agobiarle con preguntas: se deben de evitar preguntas sobre los problemas en o de su familia de origen.
 -Interesarse por sus gustos y preferencias: es conveniente interesarse por los gustos del niño.
 -La familia acogedora debe mostrarle al menor su afecto y deseo de que permanezca con ellos.








martes, 23 de noviembre de 2010

Criterios de selección de familias

Es necesario establecer unos criterios de valoración en torno a las variables más influyentes en el proceso de acogimiento familiar.

    a)   Acogimiento familiar simple:

Se trata de un tipo de acogimiento temporal, cuyo objetivo es el regreso del menor con su familia de origen cuando la situación de crisis que provocó que le menor no pudiera seguir con ella, se haya superado.
La familia acogedora tiene un carácter complementario en relación con la familia de origen, nunca de sustitución.

Los criterios y aspectos que deben ser valorados en son los siguientes:
- Respeto y aceptación de las características del niño y su familia de origen
- Capacidad de colaboración con la familia de origen y el respeto a las relaciones del niño con su familia natural
- La proximidad al medio sociocultural del niño
- En el caso de que sea una pareja la que solicite el acogimiento, es preferible seleccionar familias constituidas con hijos
- La aceptación de la intervención de un equipo técnico a lo largo del acogimiento
- Se debe ser flexible en cuanto a los criterios de edad, situación socioeconómica y estado civil de los solicitantes, valorando más la capacidad de colaboración en el proyecto educativo que le permitirá el regreso del niño a su familia natural
- La motivación para la acogida
- La habilidad en el trato con niños y la sociabilidad
- La flexibilidad en sus actitudes 
- La estabilidad emocional
- La salud física apropiada para cuidar a un niño

    b)   Acogimiento familiar permanente:

Esta modalidad no prevé el retorno del menor acogido a su familia biológica. La situación jurídico-legal del menor no está determinada, por lo que no se puede enfocar hacia un acogimiento preadoptivo.
       
El derecho a tener visitas o no de los padres, se regulará por mediación de un juez, el cual hará siempre lo más beneficioso para el menor.

Los criterios y aspectos a valorar en este tipo de acogimiento son:
- Aceptación de una situación indeterminada sin expectativas de adopción
- Respeto y aceptación de las características del niño y su medio natural
- Respeto a las relaciones del niño con su familia natural
- Aceptación a la intervención del equipo técnico a lo largo del acogimiento
- Motivación para la acogida
- Capacidad para ayudar al niño a superar sus dificultades (dada su irreversibilidad)
- Habilidad en el trato con niños y sociabilidad
- Flexibilidad en sus actitudes
- Estabilidad emocional
- Salud física apropiada para cuidar a un niño.
     c)   Acogimiento familiar preadoptivo:
Este acogimiento se concibe como un periodo previo a la adopción, por lo que sólo debe utilizarse cuando existan garantías de que finalizará en una adopción.
En este caso, la familia acogedora sustituye a la familia de origen.
Los criterios de selección para este tipo de acogimiento, son similares a los de la adopción.


Pasos a Seguir en la Acogida

El proceso técnico del acogimiento familiar se basa en los siguientes puntos:

    a) Estudio del niño: se debe hacer desde las perspectivas psicopedagógica, médica,  social y jurídica. 
     b) Estudio socio familiar: Es importante realizar un estudio de la situación sociofamiliar  de la familia biológica
    c) Evaluación global del caso por equipo: Es imprescindible realizar una evaluación global de la situación sociofamiliar desde todas las áreas estudiadas por los profesionales que han intervenido.
     d) Plantear cuál puede ser el recurso más adecuado: Hay que tener en cuenta todos los recursos existentes para la situación futura del menor.
     e) Si se ha considerado aconsejable y conveniente la acogida, hay que elegir el tipo de acogimiento: Puede ser simple, permanente o preadoptivo.
     f) Elección entre los solicitantes seleccionados: Cuando hay un menor susceptible de ser acogido, se seleccionan las personas o persona que consideren más adecuadas.

    Hay que hacer un informe de idoneidad, el cual tiene como finalidad comprobar la idoneidad de aquellas familias que han solicitado ser familias acogedoras.

     g) Preparar a la familia natural del niño: Tanto si el acogimiento es administrativo como si es judicial, es necesario que el equipo técnico prepare a la familia del niño.
     h) Preparar al niño: Es importante explicarle al niño los motivos del acogimiento, el tiempo que va a durar, la relación que va a mantener durante ese tiempo con sus padres naturales… Es aconsejable que la preparación del menor la realice el profesional que ha estado más cerca de él, una persona con la que tenga confianza.
     i) Preparar a la familia acogedora: Previamente al acogimiento hay que trabajar con la familia seleccionada para favorecer la integración del
     j) Elaboración del Plan de Acogida: Hay que realizar un contrato de acogimiento, donde se recojan la fecha de inicio y fin, los motivos, las responsabilidades y derechos…
     k) Colocación del menor y fase de acoplamiento: Es muy importante el apoyo que el equipo técnico pueda ofrecerles a la familia acogedora y al propio niño.
     l) Seguimiento de la acogida: Debe ser realizado por los técnicos del equipo, y servirá para valorar la evolución e integración del menor en la familia, la marcha de la acogida, etc.

Conceptos generales


·   Desamparo 
    Es la situación que se produce a causa del incumplimiento, o del inadecuado ejercicio de los deberes de protección, establecidos por la ley, para la guarda de menores.
Tutela 
Consiste en nombrar a una persona que se encargue de los menores y de sus bienes utilizándose para ello la institución de la tutela. Las causas que originan la constitución de la tutela  puedan ser: desconocimiento de la filiación paterna y materna del menor, fallecimiento de ambos padres o decretación de ausencia legal...
Guarda 
    Supone la obligación de velar por el menor, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral. La guarda es siempre bajo la vigilancia del fiscal, quién podrá proponer al juez las medidas de protección que estime necesarias.
Adopción
    Los requisitos para los adoptantes son: ser mayor de 25 años, tener al menos 14 años más que el adoptado; y para los adoptados, ser menor no emancipado, con la excepción de que se podrá adoptar a un mayor de edad o a un menor emancipado cuando inmediatamente antes de la emancipación, hubiese existido una situación no interrumpida de convivencia o acogimiento, iniciada antes de que el adoptado hubiera cumplido los 14 años.

Definición del Acogimiento Familiar

Medida que supone otorgar la guarda de un menor a una persona o núcleo familiar, con la obligación de cuidarlo, alimentarlo, y educarlo por un tiempo, con el fin de integrarlo en una vida familiar que sustituya temporalmente la suya. 







domingo, 21 de noviembre de 2010

Evolución Histórica del Acogimiento Familiar

El acogimiento familiar ha ido apareciendo a lo largo del siglo XX, teóricamente como una alternativa para familias con niños y/o niñas que no pueden permanecer en sus domicilios familiares, al menos durante un cierto tiempo. 

El acogimiento familiar aparece de forma legal en 1987. En España se nota un aumento en los acaso de acogimiento pre-adoptivos.